Murcia ha agilizado el pago de más de 13 millones de euros a proveedores para minimizar los efectos de la crisis del coronavirus

La Agencia Municipal Tributaria desarrolla el sistema de identificación mediante clave segura de usuario, con el que los contribuyentes podrán realizar todos sus trámites sin necesidad de certificado electrónico o DNI-e

La Junta de Gobierno ha estudiado hoy las distintas acciones llevadas a cabo por la Concejalía de Seguridad Ciudadana y Gestión Económica, que dirige Eduardo Martínez-Oliva y que están permitiendo, por una parte, aligerar el pago a proveedores y, por otra, facilitar a los murcianos el pago de tasas y tributos.

De esta forma, el Ayuntamiento ha agilizado el pago de facturas y ha liquidado desde el pasado día 14 de marzo, cuando se decretó el estado de alarma, un total de 13,154 millones de euros de pago a proveedores.

Lo que se pretende con esta iniciativa es que las empresas murcianas dispongan de liquidez para que puedan continuar desarrollando sus trabajos y manteniendo a sus empleados.

El periodo medio de pago del pasado mes de febrero se situó en 18,65 días.

Por otra parte desde la concejalía, a través de la Agencia Municipal Tributaria, se han facilitado medios telemáticos para que los murcianos puedan pagar más fácilmente y desde casa tasas y tributos.

Así, la AMT ha aprobado el sistema de identificación mediante clave segura de usuario, con el que los contribuyentes podrán realizar todos sus trámites tributarios a través de la Oficina Virtual Tributaria sin precisar para ello certificado electrónico o DNI-e.

A tal fin, y como complemento a la atención telefónica, esta opción facilita a los ciudadanos el acceso a la Oficina Virtual Tributaria, garantizado así la gestión no presencial de todos los trámites tributarios.

La activación de este Sistema de Autenticación se realiza con unos sencillos pasos:

La identificación y registro, se realiza mediante una simple llamada telefónica al teléfono 968 355 002, donde el personal de atención telemática confirmará su identidad mediante una serie de preguntas y respuestas de control.

Siempre cumpliendo con la normativa que contempla el Protocolo de activación, se procederá a la solicitud de la contraseña de usuario, para lo que el gestor telefónico pedirá al ciudadano una dirección de correo electrónico, donde se enviarán las indicaciones necesarias para proceder a la activación de la clave solicitada. Una vez el ciudadano ya tiene su clave segura de autenticación, sólo tendrá que acceder a la Oficina Virtual Tributaria a través de https://www.murcia.es/AMT/ y completar el proceso.

Ello se suma a las medidas aprobadas el pasado día 20 de marzo dentro del Plan de Soporte Social y Activación Económica para combatir la crisis del coronavirus y que son las siguientes:

- Se conceden fraccionamientos especiales para familias, ciudadanos y empresas que acrediten circunstancias económicas desfavorables generadas con motivo de la declaración del estado de alarma.

- Con carácter general, se concederán fraccionamientos automatizados de deudas de importe inferior a 30.000 euros. Estos fraccionamientos se podrán tramitar por teléfono o a través de la oficina virtual del Ayuntamiento y de la AMT para los ciudadanos que así lo soliciten sin necesidad de aportar justificación adicional alguna.

- Se concede una moratoria en el período voluntario de pago del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, que se prolongará hasta el 5 de junio de 2020.

- Igualmente se concede una moratoria en el periodo de cobro voluntario de los siguientes padrones tributarios:

? La tasa de terrazas para bares y restaurantes, durante el primer semestre de este año 2020. (tasa por aprovechamiento especial de terrenos de uso público con mesas y sillas correspondiente al primer semestre de 2020)

? El IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturaleza urbana y rústica).

? La tasa de los puestos de los mercadillos semanales (Tasa por aprovechamiento especial con mercadillos semanales).

? La tasa de vados (tasa por aprovechamiento especial con entrada de vehículos).

- La modificación del calendario fiscal correspondiente se aprobará por la Agencia Municipal Tributaria, una vez se conozca el espacio temporal de duración del estado de alarma.

- Se suspenden las notificaciones presenciales durante el período de duración del estado de alarma.

- De conformidad con el Real Decreto Ley 8/2020, de 17 de marzo, se amplían los plazos de pago de las liquidaciones ya notificadas y las que se notifiquen durante estos días, así como de los fraccionamientos ya concedidos.

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