Abierto el plazo para que los comerciantes del entorno de las obras de soterramiento ferroviario soliciten una subvención

Las ayudas, que se pueden pedir hasta el día 18, tienen un importe global de 150.000 euros y pueden alcanzar hasta 2.000 euros por establecimiento, y podrán emplearse para pagar el alquiler o préstamo hipotecario del local, la seguridad social o los gastos de agua, luz o internet. Maruja Pelegrín se ha reunido con los presidentes de las juntas municipales de Santiago El Mayor, Infante Juan Manuel y El Carmen para explicarles el procedimiento y recabar su colaboración para difundir la convocatoria en sus barrios.

Los comerciantes cuyos negocios se sitúan en el entorno afectado por las obras de soterramiento a su paso por Murcia disponen hasta el día 18 para solicitar una subvención del Ayuntamiento, cuyas condiciones ha explicado esta mañana la concejala de Comercio y Relaciones Institucionales, Maruja Pelegrín, a los presidentes de las juntas municipales de Santiago El Mayor, Infante Juan Manuel y El Carmen, donde se concentran los establecimientos que pueden optar a estas ayudas.

Para ello, mañana comienza ‘una campaña a pie de calle, comercio a comercio, para dar la máxima difusión a esta convocatoria y que no quede ni un solo comerciante fuera de estas ayudas por no tener información al respecto’, explica Maruja Pelegrín.

La cuantía total destinada a este fin asciende en una primera asignación a 150.000 euros, aunque posteriormente se realizará otra convocatoria por el mismo importe hasta llegar a los 300.000 euros. La subvención máxima será de 2.000 euros por beneficiario.

A estas ayudas podrán acceder las empresas (ya sea persona física, tanto empresario individual o comunidad de bienes, o persona jurídica como sociedad mercantil, sociedad laboral o cooperativas) que estén dadas de alta en el IAE como comercio de alimentación, comercio de no alimentación, bares y restaurantes o servicios y que desarrollen su actividad económica en el área afectada por las obras del proyecto ferroviario de soterramiento, delimitada según el diagnóstico del Observatorio Local Socioeconómico ‘La Asomada’.

Serán subvencionables los gastos derivados del ejercicio de su actividad durante el 2018 y vinculados a la existencia de establecimiento permanente que constituya el domicilio social de la empresa, tales como rentas de alquiler o préstamo hipotecario del local, cuotas abonadas a la seguridad social o los gastos generados por suministros (agua, luz, internet…).

Tipología, antigüedad y criterios sociales

La convocatoria establece distintos criterios de valoración:

-       Área de Potencial Impacto Directo: Barrio del Carmen (1 punto) o San Pío y Santiago el Mayor (2 puntos)

-       Tipología de establecimiento: bares y restaurantes (1 punto), servicios (2 puntos), comercio de no alimentación (3 puntos), comercio de alimentación (4 puntos)

-       Antigüedad de la actividad económica: De 2 a 5 años (1 punto), de 5 a 10 años (2 puntos) y más de 10 años (3 puntos)

Además, se tendrá en cuenta también determinados criterios sociales. Así, se valorará a quienes hayan contratado algún trabajador en el último año o tengan la condición de persona con discapacidad igual o superior al 33%, víctima de violencia de género, parado de larga duración, que haya accedido a su primer empleo y mayor de 55 años.

En este caso, se requiere que la persona haya formado parte de la plantilla durante un período mínimo de 6 meses y el contrato podrá ser a jornada completa o parcial, siempre que esta no sea inferior al 50% de la jornada.

Los interesados deberán presentar cumplimentado el formulario que se adjunta en la convocatoria así como la documentación complementaria necesaria para baremar la solicitud y constatar que reúne los requisitos.

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