29 conductores dieron positivo en los test de drogas realizados por la Policía Local en los últimos tres meses

La Delegación del Gobierno ha entregado hoy 60 kits que, junto con los dispositivos con los que ya cuenta el Ayuntamiento, permitirán efectuar 150 controles en el primer semestre del próximo año

29 conductores dieron positivo en los test de drogas realizados por la Policía Local desde que comenzaron a efectuarse el último fin de semana de septiembre, mientras que las pruebas fueron negativas en los otros 8 exámenes realizados.

Siguiendo las directrices y obligaciones legales contenidas en la Ley de Seguridad Vial, el Reglamento General de Circulación y la Ley de Enjuiciamiento Criminal, estas pruebas se llevan a cabo mediante test salivares por los miembros del Equipo de Investigación de Accidentes de la Policía Local, que cuentan con una formación específica para ello. Los conductores de vehículos a motor, ciclomotores y bicicletas tienen la obligación legal de someterse a tales pruebas.

Los agentes utilizarán equipos especiales, realizando en primer lugar una prueba indiciaria y, en caso de arrojar un resultado positivo, un segundo test que se envía a un laboratorio forense para confirmación del resultado.

La concejal de Tráfico y Seguridad, Lola Sánchez, ha recibido hoy un lote de 60 kits entregados por la DGT para practicar estos controles en los próximos seis meses. Unidos a los dispositivos con los que ya cuenta el Ayuntamiento, permitirán realizar 150 pruebas a conductores entre enero y junio. Las sustancias estupefacientes que pueden detectar estos equipos son cocaína, opiáceos, cannabis, anfetaminas y meta-anfetaminas.

Las consecuencias de arrojar un resultado positivo tras el análisis por laboratorio pueden ser:

-       En vía administrativa: Denuncia administrativa con sanción de 1.000 euros + 6 puntos.

-       En vía penal (influencia grave del conductor): Pena de prisión de 3 a 6 meses o con la de multa de 6 a 12 meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a 1 y hasta 4 años.

Si se negara a someterse a las pruebas cometería un presunto delito, contemplado en el art. 383 del Código Penal, será castigado con la penas de prisión de 6 meses a un año y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a 1 y hasta 4 años.

Situaciones para valorar

Las situaciones para valorar en el procedimiento son las siguientes:

A._ Conductor sin sintomatología externa que accede a realizar las pruebas

-       Si el resultado fuese negativo, finalizará el procedimiento. No obstante, en los supuestos en que a juicio de los agentes, el conductor presente síntomas externos de haber ingerido bebidas alcohólicas se procederá a realizar las pruebas de detección de alcohol en aire espirado.

-       Si el resultado de la prueba fuese positivo, se procederá a una segunda toma de saliva en otro Kit, que será enviada al laboratorio homologado. Cuando el laboratorio tenga los resultados de las pruebas los remitirá a dependencias del Grupo de Atestados.

-       La normativa vigente exige que al conductor sometido se le informe sobre la forma y manera de realizar las pruebas y sus consecuencias conforme al resultado.

-       Se redactará denuncia administrativa en boletín del Ayuntamiento.

-       Se inmovilizará el vehículo.

-       Si no se observa sintomatología pero los resultados son positivos en alcohol y drogas, se tramitarán ambas denuncias administrativas.

B._ Conductor que se niega a realizar las pruebas.

  Si el conductor requerido a realizar las pruebas se negara a someterse a las mismas, se realizará atestado para su remisión a la Autoridad Judicial, Denuncia Administrativa que quedará archivada a la espera de resolución Judicial e Inmovilización del vehículo.

C._ Conductor sin sintomatología externa que accede a realizar las pruebas pero es incapaz de llevarla a cabo.

  Se procederá a trasladarlo a un centro sanitario donde el facultativo indicará las pruebas más adecuadas.

1.           Si el facultativo nos facilita en el acto los resultados de la prueba y ésta es negativa, finaliza el procedimiento.

2.           Si el resultado es positivo:

a)        Denuncia administrativa en boletín del Ayuntamiento.

b)        Inmovilización del vehículo.

3.           Si el facultativo no facilita los resultados de la prueba en el acto se realizarán gestiones tendentes a localizar un conductor sustituto.

D._ Presencia de sintomatología externa (Penal)

Todo conductor requerido por haber cometido una infracción a la normativa de tráfico, por haber estado implicado en un accidente o con ocasión de un control preventivo, que se le observen síntomas de poder estar influenciado por alcohol o drogas, se realizarán primero las pruebas de alcoholemia. En caso de obtener un resultado positivo, se realizarán las actuaciones oportunas; si fuese negativo, se harán pruebas de drogas y si es positivo se actuará como se indica a continuación, teniendo en cuenta que quedan excluidos de la vía penal los conductores de bicicletas:

- Se instruirá Atestado a la Autoridad Judicial

- Denuncia administrativa que quedará archivada a la espera de resolución judicial.

- Inmovilización del vehículo.

- Los atestados sin accidente se instruyen como Juicios Rápidos.

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