La Guardia Civil detiene a un conductor por circular 11 kilómetros en sentido contrario en autovía

En Murcia, autovía A-7 (Barcelona-Algeciras)

Además triplicaba la tasa máxima de alcoholemia

Se le atribuye la presunta autoría de los delitos de conducción temeraria y conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas

El arrestado, con antecedentes policiales por delitos contra la seguridad vial, fue detenido cuando colisionó con otro vehículo que circulaba correctamente

La Guardia Civil de la Región de Murcia, durante la madrugada de ayer, interceptó y detuvo al conductor de una furgoneta en la autovía A-7, a la altura del municipio de Murcia, por circular en sentido contrario al establecido y por conducir bajo la influencia de bebidas alcohólicas, ya que tras ser sometido al test de alcoholemia superaba más del triple de la tasa máxima permitida.

A primera hora de ayer, 13 de junio, e instantes después de que finalizara la Campaña especial de control de alcohol y drogas organizada por la Dirección General de Tráfico (DGT) y la Asociación TISPOL (European Traffic Police Network), que se ha desarrollado entre los días 6 y 12 de junio, el '1-1-2' avisó a la Central Operativa de Tráfico (COTA) de la Benemérita del avistamiento de un vehículo circulando en sentido contrario al establecido por la autovía A-7, a la altura de Librilla. Al parecer el vehículo circulaba en sentido Murcia pero por la calzada reservada para los vehículos con destino a Andalucía.

Ante esta situación, guardias civiles del Sector de Tráfico establecieron el correspondiente dispositivo específico de seguridad previsto para estos casos que concluyó con la detención del vehículo, el cual realizó una circulación irregular durante 11 kilómetros en los que se cruzó con otros vehículos que circulaban correctamente, con el evidente riesgo de accidente.

Una vez establecida la seguridad vial y después de trasladar la furgoneta y el conductor hasta el área de servicio de La Paz, en la pedanía murciana de Sangonera la Seca, los miembros de la Agrupación identificaron al conductor español y de 49 años que presentaba signos de hallarse bajo la influencia de bebidas alcohólicas, por lo que fue sometido a las preceptivas prueba en las que arrojó un resultado de 0,85 y 0,82 miligramos por litro de aire, unas tasas que superaban más del triple de la máxima permitida para conducir, que es de 0,25 mg/l.

Por estos hechos los guardias civiles procedieron a su detención como presunto autor de sendos delitos contra la seguridad vial, uno por conducción temeraria y otro por conducir bajo la influencia de alcohol, siendo puesto a disposición del Juzgado de Instrucción número 6 de Murcia junto con las diligencias instruidas. La furgoneta quedó inmovilizada igualmente a disposición judicial.

De la investigación realizada por el Equipo de Atestados del Sector de Tráfico de Murcia se desprende que el vehículo interceptado había accedido a la autovía en Librilla, con intención de desplazarse hasta Alhama de Murcia, pero debido al estado de intoxicación etílica lo hizo en sentido contrario y circuló así durante 11 kilómetros, pese a que varios vehículos con los que se cruzó le hicieron señales para que se apercibiera de la anormalidad, que fueron ignoradas por el ahora arrestado hasta que finalmente pudo ser interceptado por la Guardia Civil.

El delito de conducción temeraria se encuentra recogido en el Código Penal y puede ser castigado con penas que van desde la prisión de 6 meses a 2 años y la privación de derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a 1 y hasta 6 años.

Por su parte, el delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, con tasas superiores a 0,60 miligramos/litro, se encuentra recogido en el artículo 379 del Código Penal y puede ser castigado alternativamente con penas de prisión de 3 a 6 meses, multa de 6 a 12 meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días y en cualquier caso con privación de derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a 1 y hasta 4 años.

Durante el presente año 2016, hasta la fecha, en las carreteras de la Región de Murcia se habían registrado dos episodios de conducción temeraria en sentido contrario:

Detenido el conductor de un turismo, de nacionalidad británica, con residencia legal en España, por circular en sentido contrario en la autovía CT-32 (Cartagena AP-7), término municipal de Cartagena y que conducía además bajo la influencia de drogas tóxicas prohibidas.

Detenida la conductora de un turismo, de nacionalidad española, tras conducir 7 kilómetros en sentido contrario por la autovía A-30 (Albacete-Cartagena), término municipal de Cartagena, quintuplicando la tasa máxima de alcoholemia.

La Guardia Civil apela a la colaboración ciudadana, ante la elevada peligrosidad que supone la circulación por autovía en sentido contrario al habitual, para que tan pronto como detecten una de estas situaciones avisen urgentemente a los teléfonos 112 (emergencias) o 062 (Guardia Civil), aconsejando que siempre que sea posible, salvo para realizar adelantamientos, utilicen el carril derecho de la calzada de las autopistas y autovías ya que, quienes conducen en sentido contrario por este tipo de vías, suelen utilizar el carril izquierdo al creer que circulan por una carretera convencional dotada de un carril para cada sentido.

La Guardia Civil sigue reiterando su mensaje a aquellos conductores que de forma imprudente, temeraria y a pesar de las campañas y advertencias de la DGT conducen después de haber bebido o tomado drogas, recordando que, sin perjuicio de la sistemática realización de controles preventivos ordinarios o especiales, dada la proximidad del verano y el considerable aumento de desplazamientos que conlleva, tanto de largo recorrido hasta los lugares de vacaciones como especialmente los de corta distancia derivados de actividades de ocio y festivas, se incrementará la realización de las preceptivas pruebas de alcoholemia y drogas a todos los conductores que sean denunciados por la comisión de infracciones, implicación en accidentes o aquellos otros en que se detecte su consumo en el curso de otras actividades de vigilancia e inspección que se lleven a cabo, con la finalidad de concienciar a los ciudadanos de la incompatibilidad de estas sustancias con la conducción, dada la merma de reflejos y capacidades que para el control de los vehículos suponen, y garantizar así la seguridad vial en nuestras carreteras, evitando, de esta forma, la producción de accidentes de circulación y las graves consecuencias que acarrean, apelando al empleo de medios de transporte colectivos o fórmulas alternativas para estos desplazamientos que no sean ponerse al volante en estas condiciones, sobre todo por parte de los conductores más jóvenes.

Asimismo, ante la proximidad del verano, la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil anticipa que en la época estival se realizará una campaña especial de control de alcohol y drogas en la conducción, dentro del calendario establecido por la DGT y la Asociación TISPOL (European Traffic Police Network), con el objetivo de divulgar la importancia que tiene el respeto de las normas y reducir la accidentalidad derivada del consumo de bebidas alcohólicas y drogas en la conducción, como garantía de la seguridad vial.

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