La Consejería de Cultura y Turismo da la razón a HUERMUR, y establece que el rótulo colocado en los Molinos del Río no se ajusta a la Ley

Huermur, presentó una denuncia ante la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales de la Consejería de Cultura de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia por la colocación en la fachada Norte de los Molinos del Río de un rótulo de grandes dimensiones, de estridente colorido y de carácter permanente anunciando “Turismo Murcia”.

El Edificio de los Molinos del Río, es una construcción catalogada con grado de protección dos e incluida dentro del Conjunto Histórico-Artístico de Murcia declarado Bien de Interés Cultural (B.I.C.).

Según el artículo 9 del Texto Refundido de las Ordenanzas Reguladoras del Plan del Conjunto Histórico-Artístico de Murcia:

“Cualquier cartel, rótulo o rejas en fachada deberá integrarse en su diseño.

Los rótulos o carteles identificativos se instalarán en los huecos sin sobresalir de la línea de fachada, recomendándose la utilización de letras sueltas.

Se prohíben expresamente las vallas y carteles publicitarios temporales o permanentes”.

Por este motivo Huermur solicitó su retirada inmediata y el restablecimiento de la legalidad infringida.

La Consejería de Cultura y Turismo ha contestado a esta denuncia especificando que “la instalación no se ajusta a lo previsto en el Texto Refundido de las Ordenanzas Reguladoras del Plan del Conjunto Histórico de Murcia, en cuanto a publicidad exterior, según lo dispuesto en el artículo 9”.

Y que “la actuación es competencia municipal, que habrá de cumplir lo establecido en el Texto Refundido de las Ordenanzas Reguladoras del Plan de Conjunto Histórico de Murcia”. Lo que según HUERMUR supone que el Ayuntamiento debe retirar dicho rótulo, y si no lo hace tendrá que retirarlo subsidiariamente la Consejería de Cultura y Turismo, pues es quien ostenta las competencias en materia de Patrimonio Cultural de la Región de Murcia.

Señala HUERMUR que lo dicho por la Consejería demuestra que el Ayuntamiento incumplió además el artículo 40 de la Ley de Patrimonio Cultural al no haber pedido permiso para la colocación del rótulo. Asimismo se demuestra que no se consultó con el servicio jurídico municipal, pues de haberlo hecho se habría advertido el incumplimiento de la Ley.

Por lo tanto, ante lo sucedido, HUERMUR ha solicitado al Consejero de Cultura y Turismo, Pedro Alberto Cruz que, tal y como establece el artículo 77 de la Ley de Patrimonio, imponga a los responsables la sanción correspondiente por estos hechos considerados como infracción grave consistentes en multa de 100.001 a 200.000 euros y, que esta más el coste del rótulo y su desmontaje corran a cargo del concejal responsable de su colocación, ya que todos esos gastos no tienen por qué ser sufragados por todo el pueblo murciano, cuando ha quedado claro que todo ha sucedido por la irresponsabilidad de dicho concejal.

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