La financiación de los servicios públicos, los beneficios fiscales y las facilidades de pago, claves de las ordenanzas fiscales de 2013

La concejal de Economía y Hacienda destaca que se trata de un presupuesto de ingresos "realista y acorde con la situación económica, que garantiza el máximo nivel en la prestación de los servicios públicos y respalda las políticas de empleo y reactivación económica". El proyecto propone la actualización de las tarifas vigentes al IPC, excepto el IBI, que queda por debajo. Se ajustan las tasas y precios públicos para adecuarlos al coste real de los servicios como una medida de "justicia tributaria" para que su pago no repercuta en todos los ciudadanos, sino en los usuarios.

 La correcta financiación de los servicios públicos, el mantenimiento de los beneficios fiscales y el incremento de las facilidades de pago de los ingresos municipales son los tres ejes fundamentales sobre los que se estructura el proyecto de Ordenanzas Fiscales para 2013 aprobado hoy por la Junta de Gobierno. 

El documento ha sido presentado esta mañana por la Concejal de Economía y Hacienda, Isabel Martínez Conesa. “Se trata –ha dicho- de un presupuesto de ingresos realista y acorde con la situación económica, que garantiza el máximo nivel en la prestación de los servicios públicos y respalda las políticas de empleo y reactivación económica”. 
 
La política tributaria del Ayuntamiento se basa en la contención del esfuerzo fiscal de los murcianos. El ajuste en las tarifas se ha realizado manteniendo la especial protección a los colectivos más desfavorecidos, de modo que se disminuye la carga fiscal de los discapacitados, jubilados, pensionistas, familias numerosas, menores, entidades sin ánimo de lucro y pymes. 
 
En esta línea, la responsable de Economía y Hacienda ha destacado que la modificación de Ordenanzas Fiscales propuesta incorpora nuevas medidas de apoyo a familias y empresas en el pago de tributos municipales, al tiempo que introduce medidas de “justicia tributaria”. De esta manera, el gasto municipal ligado a tasas y precios públicos no repercuta sobre todos los ciudadanos, vía impuestos, sino que sean los usuarios de los servicios quienes principalmente asuman su coste y, muy especialmente, cuando se trate de precios públicos y de servicios “no esenciales o básicos”. 
 
De conformidad con el Plan de Ajuste presentado por el Ayuntamiento de Murcia, en cumplimiento del Real Decreto 4/2012 de 24 de febrero, el proyecto de Ordenanzas Fiscales propone como medida en materia de ingresos la correcta financiación de tasas y precios públicos para adecuarlas al coste efectivo de los servicios mediante cuatro líneas de actuación:
 
1.- Medidas de apoyo a familias y empresas en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. Para ello, se adecua la domiciliación bancaria como medio de pago, se amplía el importe mínimo para la exigencia de presentación de garantía en caso de solicitud de fraccionamiento (elevándolo de 23.000 a 30.000 euros) y se amplía el Plan Personalizado de Pagos, incluyendo la modalidad mensual, eliminando el mínimo de deuda anual necesario y reduciendo la fracción mínima a 30 euros. En esta misma línea, se propone en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles y en el de Vehículos de Tracción mecánica, ampliar el número de plazos de ingreso en período voluntario en los supuestos de domiciliación bancaria. Hasta 4 plazos en el primer caso y dos en el segundo
 
 
2.- Simplificación administrativa en la gestión de tasas y precios públicos (como en las de entrada de vehículos y de ocupación de la vía pública), se clarifican los criterios de aplicación de los tributos municipales, se incorporan reducciones de tarifas por el uso de las tecnologías de la información. En los Impuestos sobre Bienes Inmuebles, sobre Vehículos de Tracción Mecánica y sobre el Incremento de valor de los Terrenos de naturaleza Urbana se simplifican los requisitos para acceder a las  bonificaciones y exenciones.
 
3.- Homogeneización, ajuste y simplificación de tarifas. Se propone la actualización y ajustes en las tarifas vigentes al IPC, excepto en el IBI que se ajusta por debajo del IPC.
 
4.- Incorporación al catálogo de nuevas tasas por prestación de servicios administrativos, con el objetivo de repercutir el coste de los servicios a los ciudadanos que directamente se benefician de ellos, que son, en definitiva, los que deben  hacer frente en mayor medida, al coste que estos generan. 
 
Nuevas tasas:
 
- Tasa por prestación de servicios sanitarios.
- Tasa por la prestación de servicios administrativos para el cobro por el procedimiento de apremio de deudas por otras entidades.
- Tasa por prestación de servicios de control de matanzas domiciliarias tradicionales.
- Tasa por prestación de servicios de sonometría.
 
 
Nuevos precios públicos:
 
- Precio Público por la cesión de servicios adscritos al área de cultura.
- Precio Público por prestación del servicio de ayuda a domicilio.
- Precio Público por alquiler de la sala de audiovisuales del Centro de La Luz y del Centro de la Muralla de Santa Eulalia.
- Precio Público por la prestación del servicio de respiro familiar.
- Precio Público por la prestación del servicio de teleasistencia domiciliaria.
- Precio Público por la prestación del servicio de estancias diurnas.
 

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