El jardín de Tirocosa también podrá ser cultivado como huerto de ocio

La Junta de Gobierno aprueba las condiciones de uso de estas parcelas municipales. En total existen 61 huertos de ocio

La Junta de Gobierno ha aprobado esta mañana las condiciones técnicas y jurídicas a que debe ajustarse la explotación de los Huertos de Ocio municipales.

Estas cinco parcelas municipales están destinadas a cultivos sin ánimo de lucro, conjugando  los beneficios sociales de este tipo de huertos con los beneficios ambientales y patrimoniales que representa la conservación de variedades locales en peligro de extinción y mantenimiento de un agroecosistema de gran interés como es la Huerta Antigua de Murcia.

El municipio cuenta con cinco parcelas situadas en Ronda Sur (jardín del Lago), Santiago el Mayor, Sangonera la Verde (Los Girasoles II) y dos en Espinardo (detrás de Joven Futura y el jardín de Tirocosa), que están divididas en 61 huertos de ocio.

En la próxima convocatoria saldrán a concurso los 16 huertos del jardín de Tirocosa, puesto que no se ha cultivado anteriormente, y aquellos de las otras parcelas a los que hayan renunciado sus anteriores adjudicatarios.

Al cultivo de estos huertos de ocio podrán optar aquellos ciudadanos de Murcia que hayan alcanzado la mayoría de edad, otorgando preferencia a quienes estén jubilados o prejubilados.

Los solicitantes deberán ser residentes del municipio de Murcia y  no se permite la presentación de más de una solicitud por unidad familiar (cónyuges, ascendientes y descendientes a cargo, que convivan en el mismo domicilio).

Las personas seleccionadas podrán utilizar la parcela que les haya correspondido durante un periodo de 2 años naturales,  pudiéndose conceder una prórroga por 2 años más a aquellos adjudicatarios que lo soliciten. En cualquier caso, el tiempo máximo de autorización de uso sobre una parcela por el mismo usuario será de 4 años naturales.

Si alguno de los usuarios renunciase o dejase libre su parcela por cualquier otra causa, se adjudicará al siguiente de la lista que constituye la bolsa de solicitantes por el tiempo que reste hasta la finalización de esos 2 años.

Las parcelas se adjudicarán mediante sorteo al que deberán acudir los solicitantes para poder participar en el mismo.

Se efectuará el sorteo en tres fases. En la primera participarán quienes reúnan la condición de jubilado o prejubilado y en aquellas parcelas ubicadas en pedanías tendrán preferencia los jubilados y prejubilados residentes en dicha pedanía.

Si restasen parcelas o bancales, se realizará una segunda fase del sorteo entre los solicitantes que no entraron en el primer sorteo, siguiendo el mismo sistema: podrán elegir parcela de entre las que vayan quedando, en función del número obtenido; si en esta segunda fase se adjudican todas las parcelas o bancales se declarará terminado el sorteo.

Finalmente se constituirá entre los asistentes al acto, una única bolsa de solicitantes en lista de espera, de forma que cuando se produzca una vacante en cualquiera de las parcelas adjudicadas, se le ofertará a los relacionados en dicha bolsa, respetando el orden en que aparecen inscrito

Se realizarán convocatorias ordinarias cada dos años, pudiendo realizarse convocatorias extraordinarias en el caso de que se creen nuevos huertos de ocio durante el plazo de vigencia resultante de una convocatoria anterior.

Para solicitar un huerto de ocio deberán acompañar a la solicitud, en la que especificará por orden de preferencia el jardín o terreno municipal al que desean optar, la siguiente documentación:

-Fotocopia del D.N.I.

-Certificado de empadronamiento en el municipio de Murcia.

-Documentación que, en su caso, acredite la condición de jubilado o prejubilado del solicitante.

-Certificado de estar al corriente de pago en las obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal, Hacienda Local y Seguridad Social.

-Declaración Jurada de que el solicitante se encuentra en condiciones físicas adecuadas para realizar las tareas propias del aprovechamiento y uso de la parcela.

Los cultivos se realizarán, preferentemente, en régimen de agricultura ecológica, para no tener que manipular fitosanitarios peligrosos y como garantía de respeto a la salud y al medio ambiente, por lo que se evitará el uso de fertilizantes y productos fitosanitarios que contaminen o entrañen riesgo de provocar un grave perjuicio sobre la tierra, las aguas superficiales y los acuíferos o que puedan emitir partículas indeseadas a la atmósfera que puedan provocar daños tanto a la fauna como a la flora circundante o a las personas del lugar.

En la medida de lo posible se usarán remedios naturales contra las plagas y enfermedades y se abonará la tierra con regularidad con materia orgánica previamente descompuesta y libre de malos olores (compost, estiércol, restos orgánicos, etc.) en lugar de fertilizantes artificiales.

La opción de cultivo será libre y se priorizará el uso de variedades tradicionales de la Huerta de Murcia.

Las obras necesarias para el acondicionamiento y preparación de los huertos de Ocio serán por cuenta del Ayuntamiento.

Además, en estas bases se han incluido unas prohibiciones expresas:

1)      No se podrán utilizar sistemas de protección de los cultivos con materiales inorgánicos. (Recubrimientos plásticos).

2)      El adjudicatario no podrá emplear personal alguno en los huertos que pudiera quedar comprendido dentro de la legislación laboral y que fuera ajeno a su unidad familiar.

3)      No se podrá ceder el uso de los huertos a terceras personas. No obstante, el titular de la licencia, se podrá ayudar de otros familiares en labores de apoyo en el cultivo y mantenimiento, sin que se permita en ningún caso la transmisión  de la licencia por parte del adjudicatario.

4)      Queda prohibida la utilización de barbacoas así como la realización de fuegos de cualquier tipo en el interior de los huertos.

5)      Se prohíbe abandonar el cultivo o uso de los huertos, que se deberá cultivar en todas las épocas del año y no sólo en la estación estival. Un huerto no podrá estar más de 2 meses sin cultivar. En caso de impedimento para ello, se deberá poner en conocimiento del Ayuntamiento a la mayor brevedad.

6)      Queda prohibida toda venta de productos hortícolas que obtengan las personas usuarias de los huertos de ocio, o cualquiera otra operación comercial que conlleve un tráfico jurídico mercantil.

7)      Está prohibida la plantación de especies exóticas, invasoras o psicotrópicas, cuyo cultivo o siembra no estuviera permitido por Ley.

8)      Las parcelas están destinadas a cultivos hortícolas o florales, quedando excluida la plantación de especies arbóreas o arbustivas, incluso las frutales.

9)      Queda prohibida la tenencia de animales en los huertos

10)     No se podrán construir en las parcelas de huertos de ocio estructuras metálicas o de otros materiales, como soporte para separaciones, toldos o sombrajos.

Igualmente no se podrá modificar el trazado original de las parcelas, ni unirlas a parcelas colindantes o cerrarlas con cualquier tipo de vallado no contemplado en el diseño original de las parcelas y se podrán fijar, de manera justificada, limitaciones al consumo de agua o el abono de su coste por parte  del usuario.

Los usuarios del huerto deben hacerse cargo de los gastos de mantenimiento ordinario de las instalaciones, tales como limpieza de las instalaciones, reposición o reparación de los sistemas de riego cuando la avería se deba al uso diario y no conlleve gran reparación, así como los gastos necesarios para el desarrollo del cultivo.

Existe la obligación de abonar anualmente la parcela, en el tiempo propicio, preferentemente con los elementos y técnicas autorizados por la agricultura ecológica.

El Ayuntamiento de Murcia pone a disposición de los adjudicatarios de huertos de ocio maquinaria o herramientas que podrá utilizar exclusivamente dentro del huerto o parcela que le ha sido adjudicada:

Los objetivos generales de esta iniciativa son:

-        Utilizar espacios agrícolas municipales como huertos sociales, bajo sistemas de producción ecológica y tradicional.

-        Recuperar y conservar las variedades locales de la Huerta de Murcia.

-        Desarrollar un aprovechamiento educativo, formativo y de divulgación.

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