El Ayuntamiento mantendrá las bonificaciones fiscales a familias numerosas, personas con discapacidad, entidades sin ánimo de lucro y pensionistas y personas sin recursos

El Equipo de Gobierno continúa con el objetivo de priorizar las políticas sociales

El Equipo de Gobierno continúa trabajando en el proyecto de modificación de las ordenanzas fiscales para el próximo ejercicio 2016, que hoy han sido aprobadas en Junta de Gobierno, antes de ser debatidas en Pleno municipal.

La propuesta de modificación de ordenanzas fiscales para 2016 incorpora medidas de política fiscal y tributaria que posibilitarán unas cuentas públicas equilibradas mediante una fiscalidad eficiente, que garantizará los recursos necesarios para la consecución de dichos objetivos.

El proyecto incluye una serie de medidas tributarias directamente dirigidas a reducir la carga impositiva de los murcianos y encaminadas al estímulo a la creación de empleo.

Además, el Equipo de Gobierno mantendrá aquellas bonificaciones y exenciones que afectan a determinados colectivos sociales como familias numerosas, personas con discapacidad, entidades sin ánimo de lucro y pensionistas y personas cuyos ingresos no superen el Salario Mínimo Interprofesional

De esta forma, el Ayuntamiento conservará para el próximo año todas las bonificaciones existentes con el fin de dar apoyo a quienes más lo necesitan y priorizando las políticas sociales.

Igualmente, se incorporan nuevas ayudas sociales y medidas de apoyo a familias en situación de vulnerabilidad, como la supresión de la tasa por prestación de servicios urbanísticos a entidades sin ánimo de lucro que presten un servicio de carácter social básico o esencial. Asimismo, se suprime la tasa por expedición de certificados municipales de servicios sociales, necesarios para acreditar la posible situación de dificultad económica y/o social. Además, se modifica la tabla de cálculo de las normas reguladoras de los precios públicos por la prestación de los servicios de respiro familiar y ayuda a domicilio, relativo a la capacidad económica de los usuarios, con objeto de mejorar las condiciones y ampliar el número de los mismos.

Las bonificaciones y exenciones aprobadas son las siguientes:

* Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI):

- Familias numerosas de categoría general: Reducción del 50%

- Familias numerosas de categoría especial: Reducción del 90%

- Viviendas de Protección Oficial: Reducción del 50%

- Entidades sin ánimo de lucro, Bien de Interés Cultural...: Reducción del 50%

- Actividades económicas declaradas de especial interés o utilidad municipal por concurrió circunstancias sociales, culturales, histórico-artísticas o de fomento de empleo: Reducción del 80%

* Impuesto de Actividades Económicas (IAE):

- Creación de empleo neto de un ejercicio a otro: Del 5% al 50% según el incremento de trabajadores

- Empresas que instalen para uso propio sistemas para el aprovechamiento de energías renovables: Reducción del 10% al 50%

- Inicio de actividad: Bonificación del 50% de la cuota durante cinco años

- Cooperativas: Reducción del 95%

* Plusvalía:

- Transmisiones de bienes que se encuentren dentro del perímetro delimitado como Conjunto Histórico Artístico o hayan sido declarados individualmente como BIC: 100%

- Transmisiones de inmuebles que son residencia habitual o local de negocio del causante: Reducción del 95%

* Vehículos:

- Discapacitados: 100%

- Vehículos históricos (de más de 25 años): Reducción del 100%

- Vehículos eléctricos. Bonificación del 30%

* Basuras:

- Pensionistas y demás personas con ingresos que no superen el Salario Mínimo Interprofesional en la misma unidad familiar: Cuota Cero

- Beneficiarios de la Tarifa Social de agua establecida por Emuasa: Cuota Cero

Ordenanzas Fiscales

El proyecto de modificación de ordenanzas fiscales se basa en tres ejes fundamentales:

- Bajada de impuestos.

- Reactivación económica y creación de empleo.

- Eliminación de trámites administrativos.

Todo ello, con el objetivo de conseguir una administración tributaria más fácil, rápida y eficiente, con elevados niveles de transparencia, participación y colaboración ciudadana.

En relación con las medidas dirigidas a reducir la carga impositiva de los murcianos, se reduce un 2% el tipo impositivo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturaleza urbana. Esta medida, que afecta a la generalidad de familias y empresas del municipio, tiene una repercusión económica de 2.400.000 euros. A la bajada del tipo se suma la solicitud al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas de no aplicar el coeficiente del 10% de subida de los valores catastrales, que la Ley del Catastro prevé para los municipios cuyos valores catastrales medios se encuentran muy por debajo del 50% del valor de mercado, como es el caso del municipio de Murcia.

Esta renuncia a la actualización de valores catastrales tiene una incidencia directa en el Impuesto de Bienes Inmuebles y también en el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. En relación con este último impuesto, cuya base imponible se calcula sobre el valor catastral, la no aplicación de los citados coeficientes supondrá un ahorro para los contribuyentes de 2,1 millones de euros. Además, se elimina también la cuota mínima de liquidación de 30 euros.

En claro compromiso con la reactivación económica del municipio y la creación de empleo, se suprime la Tasa por la tramitación administrativa de Licencia municipal de Actividades, actuaciones derivadas de procedimientos de comunicación previa de inicio de actividades y otras autorizaciones ambientales. Esta medida supone un ahorro económico para los solicitantes de licencia de actividad de 1.500.000 euros. Además de ser un importante incentivo económico para el inicio de nuevas actividades, supone la eliminación de toda la tramitación administrativa ligada al pago de la tasa para el contribuyente y un ahorro de costes administrativos.

Con este mismo objetivo, se reduce la tasa por aprovechamiento especial o utilización privativa de las vía pública con mercadillos semanales. Esta medida supone un ahorro económico de 175.920 euros para un total de 2.416 contribuyentes por este concepto.

Como medida de fomento de actividad económica y del turismo se amplían los supuestos de no sujeción a la tasa de ocupación de la vía pública, con objeto de incentivar la celebración en la calle de actos culturales con trascendencia regional, nacional y/o internacional.

Con carácter general, se congelan el resto de tasas y precios públicos municipales.

Se avanza en un modelo de administración tributaria más eficiente, que incorpora los medios de gestión electrónica más novedosos, eliminando trámites y obligaciones formales para el contribuyente, ampliando las facilidades de pago e incorporando nuevos medios de pago, lo que redunda en una reducción de costes, tanto para el contribuyente como para la administración.

Entre estas medidas, se incluye la ampliación del Plan Personalizado de Pago a las tasas de cobro periódico (mercadillos semanales, mesas y sillas, puestos y casetas en los mercados de abastos, quioscos...), se facilita el pago de tributos incorporando nuevos medios de pago, corno el pago telemático y desde dispositivos móviles.

Se favorece la aplicación de beneficios fiscales en todos los tributos municipales, eliminando obligaciones formales al contribuyente que ahora serán asumidas por la Agencia Municipal Tributaria. En todo caso, corno medida antifraude, se establece la no aplicación de beneficios fiscales rogados a aquellos contribuyentes que incumplan sus obligaciones tributarias.

Por último, el Ayuntamiento de Murcia asume la obligación de poner a disposición de los operadores de comunicaciones electrónicas sus canalizaciones municipales, para lo cual establece una tasa por este concepto a dichos operadores.

En conclusión, en estas ordenanzas fiscales el Ayuntamiento de Murcia ha apostado por un modelo de administración avanzada que diseña su política tributaria acorde con la voluntad de los ciudadanos: bajando impuestos, eliminando trámites y favoreciendo la actividad económica con el objetivo de crear empleo.

 

 

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