HUERMUR: "El ayuntamiento utiliza el palacio González Campuzano para modificar de forma encubierta las normas de construcción en el casco histórico de Murcia"

La Asociación HUERMUR presenta alegaciones a la aprobación inicial de la Modificación que se pretende hacer en el palacio González Campuzano, recientemente vendido por la Comunidad Autónoma a Cajamar

HUERMUR teme que los edificios que forman parte del patrimonio artístico e histórico de Murcia, que han sido malvendidos dejando de ser públicos, sean objeto de intereses ajenos a la conservación del patrimonio, y que la Comunidad Autónoma y el Ayuntamiento de Murcia cedan a dichos intereses.

HUERMUR ha comprobado que detrás de la anunciada modificación de las condiciones del palacio se esconde un cambio de las normas del PGOU que regulan la construcción en el Centro Histórico de Murcia.

En las alegaciones presentadas se pone de manifiesto el incumplimiento de las normas urbanísticas y del BIC del Teatro Romea al haberse destruido en estos últimos años varias fachadas protegidas.

Según la documentación presentada por el promotor, la justificación esgrimida para esta modificación del PECHM es la incoherencia de  que el palacio González Campuzano tenga una altura de 4 plantas en la fachada a la calle Manfredi mientras que el PGOU atribuye una edificabilidad de 5 plantas a los edificios del entorno.

Y además, se pretende con esta modificación abrir al uso terciario el edificio en todas sus plantas (oficinas, comercio, hostelería y equipamiento).

HUERMUR ha presentado alegaciones a esta Modificación en las que poniendo de manifiesto que los cambios  de las condiciones del palacio González Campuzano suponen  la modificación del BIC del casco histórico-artístico de Murcia y del BIC  del Teatro Romea, y señala que la documentación presentada por parte de los promotores es deficiente e impropia de una modificación de un Plan Especial como es el PECHM.

Añade la Asociación HUERMUR que en la memoria de la modificación propuesta, de forma sorprendente, se establece que se modifican las normas aplicables a la zona MC (Centro Histórico) con dos nuevos artículos a los que denominan ADAPTACIONES, y que son una nueva redacción de los artículos 5.2.2 y 5.2.3 del Plan General de Murcia que regulan las condiciones de edificación y de uso de los edificios en el centro de la ciudad, y que  serán los que supuestamente se pretenden aplicar a esta modificación del PECHM, siendo además de aplicación al propio Plan Especial y a toda la zona de Centro Histórico de Murcia.

Por lo tanto, HUERMUR estima que lo que realmente pretende aprobar el Ayuntamiento de Murcia no es una simple modificación puntual del PECHM que afecta al palacio González Campuzano, sino que es una modificación del PGMOy de carácter estructural, que además de al palacio Campuzano afecta a todos los edificios del centro histórico de Murcia (estén o no incluidas en el PECHM), y modifica las condiciones del Plan Especial del BIC del Conjunto Histórico Artístico de Murcia (PECHM).

Según la Asociación HUERMUR la justificación utilizada para el cambio en las condiciones del palacio González Campuzano no es válida, ya que el artículo 37 de la Ley 4/2007 de Patrimonio Cultural de la Región de Murcia establece que “Los regímenes específicos  de protección derivados de la declaración de un bien de interés cultural prevalecerán sobre el planeamiento urbanístico vigente”.

Es el PGMO el que debe adaptarse al PECHM y no modificar el PECHM para que se ajuste al PGMO, como se pretende hacer en esta modificación puntual. 

El hecho que de forma reiterada y con total desprecio de las normas que protegen el patrimonio cultural del municipio de Murcia, el Ayuntamiento haya permitido la destrucción de los edificios que se encontraban en el entorno del BIC del Conjunto Histórico Artístico de Murcia y del BIC del Teatro Romea, no respetando las obligaciones impuestas en las declaraciones de BIC, no justifica que ahora se pretenda adaptar el palacio González Campuzano a esos incumplimientos.

Se pregunta Huermur  que ha sucedido en los últimos años con las fachadas de los edificios situados en el entorno BIC del Teatro Romea y que debían conservarse, y como es posible la existencia de edificios de reciente construcción que sobrepasan las cinco plantas en la plaza Julián Romea.

Señala la entidad que el BIC del Teatro Romea establece como entorno a conservar las fachadas de los edificios 1, 2, 3, 4, 5 y 6 de la plaza Julián Romea; fachadas de los edificios 1 y 3 de la calle Ángel Guirao hasta su intersección con la calle Santa Clara; fachadas de los inmuebles sin número 1 y 3 de la calle Santa Clara, hasta su intersección con la calle Echegaray; incluyendo las fachadas posteriores de los edificios 3 D y 1 de la plaza de Santo Domingo y la fachada lateral de la calle Arco de Santo Domingo, 2; cruza dicha calle en línea recta siguiendo por parte de la fachada lateral del inmueble número 1 y atraviesa la calle Serrano Alcázar hasta llegar al punto de partida, y se pregunta que ha pasado con este entorno en los últimos años.

Lejos de rectificar, el Ayuntamiento continúa con su peligrosa huida hacia adelante, acabando con la identidad cultural de la ciudad.

Señala HUERMUR que los cambios introducidos irregularmente por el Ayuntamiento en esta supuesta modificación de la ficha del PECHM  son:

- Se varía la profundidad edificable máxima de los edificios, que ahora  será sin limitación, mientras que en el PGMO publicado en BORM y vigente esa profundidad es de 15 metros.

- La ocupación del solar podrá ser total para usos no residenciales, mientras que el PGMO determina que solo la planta baja.

- Sobre la altura de la edificación señalan en el artículo Adaptado en esta Modificación propuesta que será de 5 plantas, olvidando que en el PGMO se establece  que esta altura no es de aplicación si el PECHM establece otra, y que la ficha del  PECHM del palacio González Campuzano establece que en la fachada de la calle Manfredi la altura será de 4 plantas.

- En la Modificación puntual propuesta se pretende el cambio de uso de los edificios para que pase de ser exclusivamente residencial a ser residencial y terciario.

- Las oficinas y el comercio local que exclusivamente podían situarse en planta baja y planta primera pierden esa limitación entendiéndose que ahora podrán desarrollarse en todo el edificio.

- Los garajes en sótanos que están prohibidos en vías peatonales no compatibles con acceso rodado ya no lo estarán. 

Por lo expuesto HUERMUR manifiesta que no nos encontramos ante una modificación del PECHM que afecta a la ficha del palacio González Campuzano como se anuncia, sino ante una modificación del PGMOU que se intenta colar en lo que es una burla más de la autoridades regionales y locales a todos los ciudadanos de Murcia, saltándose la normativa vigente en beneficio exclusivo de unos pocos.

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