La Comisión Informativa dictamina rechazar la reclamación a los Presupuestos de 2016

Si definitivamente resultasen aprobados en el próximo Pleno serían efectivos desde el momento de su publicación en el BORM

La Comisión de Pleno de Infraestructuras, Hacienda y Asuntos Generales ha apoyado, con el voto a favor del Grupo Municipal Popular, Grupo Municipal Socialista, Cambiemos Murcia y Ahora Murcia y con el voto en contra de Ciudadanos, la desestimación de la reclamación interpuesta por un ciudadano en nombre propio contra la aprobación inicial del Presupuesto General de 2016.

Hay que recordar que el Pleno del pasado 23 de diciembre aprobó inicialmente el Presupuesto General Consolidado del ejercicio 2016, quedando expuesto al público en el BORM de 9 de enero, por un plazo de 15 días hábiles.

El 27 de enero, y en el último día de plazo, fue presentada esta reclamación, que básicamente se fundamenta en la omisión de crédito necesario para el cumplimiento de las obligaciones exigibles a la entidad local, entre ellos la aportación municipal para el proyecto de soterramiento y llegada del AVE a la ciudad de Murcia.

Respecto al resto, se refieren a una serie de gastos tramitados en 2015 con crédito adecuado y suficiente, que por diferentes motivos fueron objeto de reparo por parte de la Intervención, por lo que se quedaron en situación de suspenso.

Por lo tanto, y en atención a lo preceptuado en los informes de la Intervención municipal y de la Dirección Económica-Financiera, todos los gastos que la reclamación dice que no se encuentran contemplados en el Presupuesto de 2016 aprobado el pasado mes de diciembre, sí cuentan con las correspondientes consignaciones, por lo que estos informes proponen la desestimación por el Pleno de la reclamación.

Si definitivamente resultasen aprobados en el próximo Pleno serían efectivos desde el momento de su publicación en el BORM.

En definitiva, la elaboración y tramitación del Presupuesto del Ayuntamiento de Murcia para 2016 se ha ajustado a los preceptos legales, no habiendo incurrido en ninguna de las causas de reclamación previstas en la normativa aplicable a la gestión presupuestaria municipal.

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